¿Cuánto le cuesta a la empresa un empleado con salario mínimo en 2026?
$2.715.498 al mes, si el empleador está exonerado por el artículo 114-1 del Estatuto Tributario y el cargo es de riesgo I. Se descompone así: salario $1.750.905 más auxilio de transporte $249.095; seguridad social $219.249 —salud $0 por la exoneración, pensión $210.109 y ARL $9.140—; parafiscales $70.036, que son solo la caja de compensación porque SENA e ICBF también quedan exonerados; y provisión de prestaciones $426.213 —cesantías $166.600, intereses $20.000, prima $166.600 y vacaciones $73.013—. El factor es 1,55 veces el salario básico. Si el empleador no está exonerado, hay que sumar el 8,5 % de salud, el 2 % del SENA y el 3 % del ICBF.
¿Sobre qué base se calcula cada concepto?
Sobre tres bases distintas, y confundirlas es el error más frecuente de las nóminas. La seguridad social y los parafiscales se calculan sobre el salario, no sobre el salario más el auxilio, porque el parágrafo del artículo 2 de la Ley 15 de 1959 dispone que el auxilio de transporte «no se computará como factor de salario». Las cesantías, sus intereses y la prima se calculan sobre salario más auxilio, porque el artículo 7 de la Ley 1ª de 1963 lo incorpora al salario «para todos los efectos de liquidación de prestaciones sociales» —la Corte Suprema lo explicó en la Sentencia 2994 de 1989 como una ficción de interpretación restrictiva—. Y las vacaciones se calculan solo sobre el salario, porque el artículo 192 del CST las paga con el salario ordinario y el auxilio se causa únicamente por días trabajados.
¿Qué es la exoneración del artículo 114-1 y a quién le aplica?
Es la que hace que muchas empresas no paguen ni salud del empleador, ni SENA, ni ICBF. El artículo 114-1 del Estatuto Tributario —adicionado por el artículo 65 de la Ley 1819 de 2016— exonera de esos tres aportes a las sociedades y personas jurídicas contribuyentes declarantes del impuesto de renta, y a las personas naturales empleadoras que tengan dos o más trabajadores, por los trabajadores que devenguen, individualmente considerados, menos de diez salarios mínimos. Dos precisiones que cambian el número: la exoneración no cubre la caja de compensación familiar, que se paga siempre; y el parágrafo 1 mantiene la obligación completa para los trabajadores que devenguen diez salarios mínimos o más —en 2026, desde $17.509.050—.
¿Qué porcentaje de ARL le corresponde a mi empresa?
Depende de la clase de riesgo en que esté clasificada la actividad, de I a V. La tabla del artículo 13 del Decreto 1772 de 1994 fija para cada clase un valor mínimo, uno inicial y uno máximo: clase I 0,348 / 0,522 / 0,696 %; clase II 0,435 / 1,044 / 1,653 %; clase III 0,783 / 2,436 / 4,089 %; clase IV 1,740 / 4,350 / 6,960 %; y clase V 3,219 / 6,960 / 8,700 %. Toda empresa que ingresa por primera vez al sistema cotiza por el valor inicial de su clase, y por eso la calculadora usa ese valor. Después la ARL puede ajustarlo dentro del rango según la siniestralidad. La cotización de riesgos laborales es enteramente del empleador.
¿Los porcentajes de cesantías, prima y vacaciones están escritos en la ley?
No como porcentaje: son la traducción mensual de lo que la ley expresa en días. Las cesantías son un mes de salario por año de servicios (artículo 249 del CST), y un doceavo es 8,33 %. La prima son 30 días de salario por año (artículo 306, en la redacción de la Ley 1788 de 2016), también 8,33 %. Las vacaciones son 15 días hábiles por año (artículo 186), que sobre el año comercial de 360 días con que opera la nómina dan 4,17 %. Y los intereses sobre cesantías son el 12 % anual del saldo (artículo 1 de la Ley 52 de 1975), que sobre el salario equivale a 1 % mensual. Provisionarlos mes a mes no es una obligación legal de forma, pero es lo que evita el hueco de caja de junio y diciembre.
¿Qué no incluye esta calculadora?
Todo lo que depende de la operación y no de un porcentaje legal: dotación —el artículo 230 del CST exige un par de zapatos y un vestido de labor cada cuatro meses a quien devengue hasta dos salarios mínimos—, horas extras y recargos, comisiones, bonificaciones, beneficios extralegales, exámenes médicos ocupacionales, elementos de protección personal y la indemnización del artículo 64 si el contrato termina sin justa causa. Tampoco calcula la retención en la fuente ni los descuentos a cargo del trabajador: muestra el costo del empleador.
¿Cuánto cuesta un empleado con salario mínimo en 2026, mes a mes?
Con el salario mínimo de $1.750.905 fijado por el artículo 1 del Decreto 0159 de 2026 y el auxilio de transporte de $249.095 del Decreto 1470 de 2025, el devengado es $2.000.000. A eso se suman la seguridad social, los parafiscales y la provisión de prestaciones, y el resultado depende de dos variables: la clase de riesgo de la ARL y si el empleador está exonerado por el artículo 114-1 del Estatuto Tributario. La calculadora muestra el costo total y el factor —cuánto cuesta el empleado por cada peso de salario básico— con la norma de cada línea.
¿Qué son los parafiscales y cuánto suman?
Tres aportes que la empresa paga sobre el salario: caja de compensación familiar 4 % (artículo 9 de la Ley 21 de 1982), SENA 2 % (artículo 12 de la misma Ley) e ICBF 3 % (artículo 1 de la Ley 89 de 1988). Suman 9 % del salario. La exoneración del artículo 114-1 del Estatuto Tributario releva del SENA y del ICBF por los trabajadores de menos de diez salarios mínimos, pero no releva de la caja de compensación: ese 4 % se paga siempre, esté exonerado el empleador o no.
¿De dónde salen el salario mínimo y el auxilio que usa la calculadora?
El salario mínimo de $1.750.905 lo fija el artículo 1 del Decreto 0159 del 19 de febrero de 2026, con carácter transitorio: el Decreto 1469 de 2025, que lo había fijado en diciembre por la misma suma, fue suspendido provisionalmente por el Consejo de Estado y el decreto transitorio rige hasta que se dicte sentencia. El auxilio de transporte de $249.095 lo fija el artículo 1 del Decreto 1470 de 2025, desde el 1 de enero de 2026 y para quienes devengan hasta dos salarios mínimos. La calculadora aplica ese tope: por encima de $3.501.810 deja de sumar el auxilio.