¿Qué es la autoevaluación de Estándares Mínimos?
Es la calificación anual que todo empleador o contratante debe hacer de su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, usando la Tabla de Valores del artículo 27 de la Resolución 0312 de 2019. Son 60 ítems que suman 100 puntos, repartidos por ciclo PHVA: Planear 25, Hacer 60, Verificar 5 y Actuar 10. Cada ítem se califica «cumple» —y suma su peso completo— o «no cumple», que vale cero. No hay puntajes parciales dentro de un ítem. El resultado determina si la empresa queda en valoración crítica, moderadamente aceptable o aceptable, y qué le corresponde hacer después según el artículo 28.
¿Cómo se califica un ítem que no aplica a mi empresa?
El artículo 27 lo resuelve expresamente: «En los ítems de la Tabla de Valores que no aplican para las empresas de menos de cincuenta (50) trabajadores clasificadas con riesgo I, II ó III […] se deberá otorgar el porcentaje máximo de calificación en la columna No Aplica frente al ítem correspondiente». Es decir, un ítem marcado como «no aplica» suma igual que uno cumplido. Por eso la opción no es un comodín: solo procede cuando la empresa está en ese supuesto y el ítem efectivamente no le es exigible según los estándares que le corresponden por tamaño y nivel de riesgo.
¿Qué puntaje se necesita para no tener que hacer plan de mejoramiento?
Ninguno exime del todo. El artículo 28 fija tres rangos: por debajo del 60 % la valoración es crítica y obliga a un Plan de Mejoramiento de inmediato, con reporte de avances a la ARL en máximo tres meses y seguimiento anual con plan de visita del Ministerio del Trabajo. Entre el 60 % y el 85 % la valoración es moderadamente aceptable: también hay que hacer Plan de Mejoramiento y enviar reporte a la ARL, pero el plazo es de seis meses. Por encima del 85 % la valoración es aceptable y lo que exige la norma es mantener la calificación y las evidencias a disposición del Ministerio, e incluir en el Plan Anual de Trabajo las mejoras que resulten de la evaluación.
¿Cuándo se hace la autoevaluación y quién la firma?
Se realiza anualmente y su resultado alimenta el Plan Anual de Trabajo del año siguiente, que debe estar formulado antes del 31 de diciembre. El formulario oficial lleva la firma del empleador o contratante y la del responsable de la ejecución del SG-SST, que debe tener licencia en seguridad y salud en el trabajo y el curso de 50 horas. La propia Tabla de Valores advierte que «el presente formulario es documento público» y que «la inclusión de manifestaciones falsas estará sujeta a las sanciones contempladas en la Ley 599 de 2000, Código Penal Colombiano».
¿Esta herramienta reemplaza la autoevaluación oficial?
No. Es un instrumento de diagnóstico que reproduce la Tabla de Valores del artículo 27 para que usted vea su puntaje y sus brechas antes de diligenciar el formulario oficial. La autoevaluación que se presenta al Ministerio del Trabajo se hace en el formato oficial, firmada, y debe estar respaldada por la evidencia de cada ítem. Lo que sí hace esta herramienta es evitar la sorpresa: casi siempre el puntaje real es más bajo de lo que la empresa cree, porque hay ítems que se dan por cumplidos sin soporte.
¿Se guardan los datos que ingreso?
No. La autoevaluación se calcula íntegramente en su navegador: no se envía ninguna respuesta a nuestros servidores, no pedimos correo ni datos de la empresa y nada queda registrado al cerrar la página. Si quiere conservar el resultado, use el botón de imprimir o guardar en PDF.