¿El Decreto 1072 de 2015 es una ley o una resolución?
Ninguna de las dos, y el error es tan común que conviene aclararlo: es un decreto. Concretamente el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, expedido por la Presidencia de la República, que compiló en un solo texto la reglamentación laboral que estaba dispersa en decenas de decretos. No existe una «Ley 1072 de 2015» ni una «Resolución 1072 de 2015». Lo que sí existe es una resolución que lo complementa en materia de estándares mínimos: la Resolución 0312 de 2019 del Ministerio del Trabajo.
¿Qué establece el Decreto 1072 de 2015?
El Decreto 1072 de 2015 es el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo: reúne en un solo texto toda la reglamentación laboral que estaba dispersa en decretos sueltos —relaciones laborales individuales y colectivas, jornada, riesgos laborales, inspección, formalización y seguridad y salud en el trabajo—. No creó obligaciones nuevas: compiló las existentes. Lo que establece en materia de SST está en su capítulo 6, que es el que obliga a toda empresa con trabajadores a implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo bajo el ciclo PHVA: política firmada, objetivos, identificación de peligros y valoración de riesgos, evaluación inicial, plan anual de trabajo, asignación de recursos y responsabilidades, capacitación, gestión del cambio, control de contratistas y proveedores, prevención y respuesta ante emergencias, indicadores, investigación de incidentes, auditoría anual, revisión por la alta dirección y acciones de mejora. La sanción por incumplir no está en el decreto sino en el artículo 91 del Decreto Ley 1295 de 1994, modificado por la Ley 1562 de 2012.
¿Qué parte del Decreto 1072 habla del SG-SST? ¿Es el capítulo 6?
El Capítulo 6 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 2: los artículos 2.2.4.6.1 a 2.2.4.6.42. Ese capítulo recogió el contenido del Decreto 1443 de 2014, que era la norma original del SG-SST, y por eso cada artículo cierra con la referencia a su artículo de origen. Cuando alguien cita el «Decreto 1443» y el «Decreto 1072» como si fueran dos obligaciones distintas, está citando la misma norma dos veces.
¿Cada cuánto hay que actualizar la matriz de peligros?
Como mínimo una vez al año, y además cada vez que ocurra un accidente de trabajo mortal o un evento catastrófico en la empresa, o cuando cambien los procesos, las instalaciones, la maquinaria o los equipos. Está en el parágrafo 1 del artículo 2.2.4.6.15. El mismo artículo aclara algo útil para empresas con documentación antigua: «los panoramas de factores de riesgo se entenderán como identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos».
¿Qué debe incluir la inducción en SST según el Decreto 1072?
El parágrafo 2 del artículo 2.2.4.6.11 la delimita con tres condiciones y un contenido. Se entrega a todo trabajador que ingresa por primera vez a la empresa, «independiente de su forma de contratación y vinculación» y «de manera previa al inicio de sus labores» —no en la primera semana, ni cuando cuadre la agenda—. En contenido debe cubrir los aspectos generales y específicos de las actividades a realizar e incluir, entre otros, la identificación y el control de los peligros y riesgos de ese puesto y la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales. Y no es un trámite suelto: el numeral 6 del artículo 2.2.4.6.12 exige conservar los soportes de inducción y reinducción como parte del programa de capacitación anual, que según el parágrafo 1 del mismo artículo 2.2.4.6.11 debe revisarse mínimo una vez al año con el COPASST o vigía y la alta dirección.
¿Cuántos años se deben conservar los documentos del SG-SST?
Veinte años contados a partir del momento en que cesa la relación laboral del trabajador con la empresa, para cinco tipos de registro que enumera el artículo 2.2.4.6.13: perfiles epidemiológicos y conceptos de exámenes de ingreso, periódicos y de retiro; resultados de exámenes complementarios cuando hay médico especialista; resultados de mediciones y monitoreos ambientales; registros de capacitación, formación y entrenamiento; y registros de entrega de elementos de protección personal. Para el resto de documentos la empresa debe tener un sistema de archivo o retención documental propio.
¿El Decreto 1072 obliga a hacer auditoría interna?
Sí. El artículo 2.2.4.6.29 exige una auditoría anual, planificada con participación del COPASST o del vigía, y agrega una condición que se incumple con frecuencia: si se realiza con personal interno, el auditor «debe ser independiente a la actividad, área o proceso objeto de verificación». Es decir, quien administra el SG-SST no puede auditarse a sí mismo. Aparte de la auditoría, el artículo 2.2.4.6.31 obliga a una revisión por la alta dirección al menos una vez al año, «independiente del tamaño de la empresa».
¿Qué sanciones contempla el Decreto 1072 de 2015?
El artículo 2.2.4.6.36 no fija montos: remite al artículo 91 del Decreto Ley 1295 de 1994, modificado por el artículo 13 de la Ley 1562 de 2012. Los rangos concretos los gradúa el Decreto 472 de 2015 según el tamaño de la empresa —de 1 a 5 SMMLV en microempresa hasta 101 a 500 en gran empresa por incumplimiento de normas de SST— y llegan de 401 a 1.000 SMMLV en gran empresa cuando un accidente ocasiona la muerte del trabajador y se demuestra el incumplimiento.