¿Qué es una matriz de riesgos y para qué se utiliza?
Es el documento donde una empresa deja registrado, puesto por puesto, qué peligros existen en su operación, qué tan grave es el riesgo que generan y qué controles se decidieron para cada uno. En Colombia no tiene nombre legal propio: el artículo 2.2.4.6.15 del Decreto 1072 de 2015 la llama «identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos», y en el uso diario se le dice matriz de peligros o matriz de riesgos. Se utiliza para priorizar y decidir: sin ella no hay forma de sustentar por qué se interviene un riesgo antes que otro. De ahí se derivan el plan de trabajo anual, el programa de capacitación, los exámenes médicos que corresponden a cada cargo y la entrega de elementos de protección personal.
¿Qué es la GTC 45 y cuál es su objetivo?
Es la Guía Técnica Colombiana 45 del ICONTEC —«Guía para la identificación de los peligros y la valoración de los riesgos en seguridad y salud ocupacional»—, cuya versión vigente es la tercera edición, ratificada el 20 de junio de 2012. Su objetivo es ofrecer un método uniforme para identificar peligros, estimar el nivel de riesgo y decidir su aceptabilidad, de modo que áreas distintas de una misma empresa puedan compararse con el mismo criterio. No crea obligaciones por sí misma: es el instrumento con el que la mayoría de las empresas colombianas cumple el artículo 2.2.4.6.15 del Decreto 1072 de 2015, que exige una metodología sistemática sin nombrar ninguna guía en particular.
¿La GTC 45 es obligatoria en Colombia?
No, y conviene decirlo con precisión. La GTC 45 es una Guía Técnica Colombiana del ICONTEC —tercera edición, ratificada el 20 de junio de 2012— y las guías técnicas son documentos de referencia, no normas de cumplimiento obligatorio. Lo obligatorio es el artículo 2.2.4.6.15 del Decreto 1072 de 2015, que exige «aplicar una metodología que sea sistemática» con alcance sobre todos los procesos, actividades, máquinas, centros de trabajo y trabajadores. La GTC 45 es la metodología que más se usa en el país para cumplir ese artículo, y por eso los verificadores la reconocen de inmediato; pero una empresa puede usar otra metodología documentada y estar igual de conforme.
¿Cuál es la diferencia entre matriz de peligros y matriz de riesgos?
En el uso diario se emplean como sinónimos y ninguno de los dos es el nombre legal. El Decreto 1072 habla de «identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos». La distinción técnica sí importa: el peligro es la fuente o situación con potencial de daño —una superficie caliente, un ruido sostenido, una carga manual—, y el riesgo es la combinación de la probabilidad de que ese peligro cause daño y la severidad de ese daño. Se identifican peligros y se valoran riesgos, en ese orden.
¿Cómo elaborar una matriz de riesgos?
En seis pasos. Primero se define el alcance real que exige el artículo 2.2.4.6.15: todos los procesos y actividades rutinarias y no rutinarias, internas o externas, máquinas y equipos, todos los centros de trabajo y todos los trabajadores «independientemente de su forma de contratación y vinculación». Segundo, se recorre cada puesto con quien lo opera, porque el parágrafo 1 obliga a desarrollarla «con la participación y compromiso de todos los niveles de la empresa». Tercero, se clasifican los peligros por naturaleza; cuarto, se valora el riesgo con una escala explícita y se prioriza; quinto, se definen los controles en el orden del artículo 2.2.4.6.24 —eliminación, sustitución, controles de ingeniería, controles administrativos y, en último lugar, elementos de protección personal—; y sexto, cada control queda con responsable, fecha y soporte de ejecución. El paso que más se salta es el segundo, y es el que separa una matriz real de una plantilla rellenada.
¿Cuál es la clasificación de peligros de la GTC 45 y dónde está el Anexo A?
La clasificación de peligros de la GTC 45 agrupa siete naturalezas: biológicos, físicos, químicos, psicosociales, biomecánicos —también llamados ergonómicos—, condiciones de seguridad y fenómenos naturales. Cada una se despliega después en descripciones concretas por peligro. Esa tabla es la que la guía trae en su Anexo A, y es la parte que más circula suelta en internet, recortada y sin la guía: conviene saber que el anexo es informativo y que la GTC 45 es una guía técnica de ICONTEC de aplicación voluntaria, no una norma obligatoria. Lo que el parágrafo 2 del artículo 2.2.4.6.15 del Decreto 1072 exige es una metodología sistemática, no específicamente la GTC 45; y también conviene verificar con ICONTEC cuál es la versión actualizada antes de citarla, porque circulan copias de ediciones anteriores.
¿Cómo se clasifican los riesgos en la tabla GTC 45?
Conviene separar dos cosas que la tabla trata distinto. Los peligros se clasifican por su naturaleza —físicos, químicos, biológicos, biomecánicos o ergonómicos, psicosociales, condiciones de seguridad y fenómenos naturales—, y esa clasificación decide qué metodología complementaria hace falta después, según el parágrafo 2 del artículo 2.2.4.6.15. El riesgo, en cambio, no se clasifica: se estima. La guía combina el nivel de deficiencia del control existente con el nivel de exposición para llegar a la probabilidad, y esta con el nivel de consecuencia para obtener el nivel de riesgo, que luego se contrasta contra el criterio de aceptabilidad que la propia organización haya definido. Esa escala es del ICONTEC, no del Decreto 1072: lo que la ley exige es que el criterio sea sistemático, explícito y comparable entre áreas.
¿Cada cuánto hay que actualizar la matriz?
Como mínimo una vez al año. El parágrafo 1 del artículo 2.2.4.6.15 añade tres disparadores que obligan a actualizarla antes de cumplirse el año: cuando ocurre un accidente de trabajo mortal, cuando ocurre un evento catastrófico en la empresa, y cuando se presentan cambios en los procesos, en las instalaciones, en la maquinaria o en los equipos. Una matriz sin fecha de actualización visible se lee, en la práctica, como una matriz vencida.
¿Quién debe participar en la elaboración de la matriz?
La norma es explícita: la identificación de peligros y evaluación de riesgos «debe ser desarrollada por el empleador o contratante con la participación y compromiso de todos los niveles de la empresa». Y la Tabla de Valores de la Resolución 0312 de 2019 lo convierte en un ítem calificable aparte —la participación de todos los niveles vale cuatro puntos, tanto como la metodología misma. Una matriz redactada por el consultor en su oficina, sin recorrer los puestos ni hablar con quien opera, incumple ese ítem por más completa que se vea.
¿Qué peso tiene la matriz en la calificación de estándares mínimos?
El estándar «Identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos» vale 15 % de los cien puntos posibles, repartidos en cuatro ítems: la metodología (4 puntos), la participación de todos los niveles (4), la identificación de sustancias catalogadas como carcinógenas o con toxicidad aguda (3) y la realización de mediciones ambientales químicas, físicas y biológicas (4). Con las medidas de prevención y control —otro 15 %— el grupo «Gestión de peligros y riesgos» suma 30 %: es el bloque más pesado de toda la tabla.
¿Se necesita hacer mediciones ambientales?
Cuando el resultado de la valoración lo requiera. El artículo 2.2.4.6.15 pide realizar «mediciones ambientales cuando se requiera», y el parágrafo 2 obliga a usar metodologías adicionales para complementar la evaluación ante peligros físicos, ergonómicos o biomecánicos, biológicos, químicos, de seguridad, público y psicosociales. Hay una regla que no admite matices: si en el proceso productivo intervienen agentes potencialmente cancerígenos, «deberán ser considerados como prioritarios, independientes de su dosis y nivel de exposición». Además, los resultados de las evaluaciones de los ambientes de trabajo deben informarse al COPASST o al vigía para que emita recomendaciones.