¿Qué es el plan de trabajo anual de SST?
Es el documento donde el empleador traduce los objetivos del SG-SST en actividades con fecha, responsable y presupuesto. El numeral 7 del artículo 2.2.4.6.8 del Decreto 1072 de 2015 lo define como obligación del empleador: diseñar y desarrollar un plan de trabajo anual para alcanzar cada uno de los objetivos propuestos, que identifique claramente metas, responsabilidades, recursos y cronograma de actividades. No es el cronograma de capacitaciones ni la matriz de peligros: es el instrumento que dice qué se va a hacer durante el año, con qué dinero y quién responde por cada actividad.
¿Cómo elaborar un plan de trabajo anual?
En el orden que fija la norma, que casi siempre se hace al revés. Primero la evaluación inicial del artículo 2.2.4.6.16, que existe precisamente «con el fin de identificar las prioridades en seguridad y salud en el trabajo para establecer el plan de trabajo anual o para la actualización del existente». De esas prioridades salen los objetivos medibles y cuantificables del numeral 2.2 del artículo 2.2.4.6.17. Y solo entonces se establece el plan, con los seis contenidos que exige el parágrafo 2 de ese mismo artículo: objetivos, metas, actividades, responsables, cronograma y recursos. Un plan que se escribe antes de la evaluación inicial no tiene de dónde sacar sus prioridades: termina copiando las de otra empresa.
¿Quién elabora y quién firma el plan anual de SST?
Lo elabora el responsable del SG-SST y lo firma el empleador, pero la exigencia de firma cambia con el tamaño de la empresa y eso se pasa por alto con frecuencia. En los estándares mínimos de empresas de diez o menos trabajadores (artículo 3) y de once a cincuenta (artículo 9), ambas con riesgo I, II o III, la Resolución 0312 de 2019 pide el plan «firmado por el empleador o contratante». En el artículo 16 —empresas de más de cincuenta trabajadores de cualquier clase de riesgo, y las de cincuenta o menos con riesgo IV o V— el estándar exige que esté «firmado por el empleador y el responsable del Sistema de Gestión de SST»: dos firmas, no una. Un plan con una sola firma en una empresa de riesgo IV no cumple el estándar que le aplica.
¿En qué mes se formula el plan anual?
En diciembre del año anterior. El artículo 26 de la Resolución 0312 de 2019 estableció que desde enero de 2020 el SG-SST se ejecuta de enero a diciembre, y que cada diciembre la empresa debe aplicar la autoevaluación de estándares mínimos, elaborar el plan de mejora que resulte —que «debe quedar aprobado por la empresa en el Plan Anual del Sistema de Gestión de SST»— y formular el plan anual «el cual debe empezar a ser ejecutado a partir del (1°) primero de enero del año siguiente». Formularlo en enero o febrero «para arrancar el año» deja sin plan las primeras semanas de ejecución, y esas semanas también se auditan.
¿Cuáles son las 4 capacitaciones obligatorias de SST?
No existe esa lista en ninguna norma colombiana. Es una simplificación que circula en internet y no resiste una verificación. Lo que sí exige el Decreto 1072 es un programa de capacitación (artículo 2.2.4.6.11) que proporcione conocimiento para identificar los peligros y controlar los riesgos, extensivo a todos los niveles —incluidos contratistas, trabajadores cooperados y en misión—, documentado, impartido por personal idóneo y revisado mínimo una vez al año con la participación del COPASST y de la alta dirección; más la inducción previa al inicio de labores para todo trabajador que ingrese por primera vez. La única capacitación que la norma nombra como obligatoria y con intensidad definida es la del artículo 2.2.4.6.35: el curso virtual de cincuenta horas sobre el SG-SST para los responsables de su ejecución, con certificado de aprobación. Qué temas entran al programa lo decide la matriz de peligros de su empresa, no una lista genérica.
¿El plan anual aplica a empresas pequeñas?
Sí, sin excepción por tamaño. El Plan Anual de Trabajo es uno de los estándares mínimos exigibles a empresas de diez o menos trabajadores clasificadas con riesgo I, II o III (artículo 3 de la Resolución 0312 de 2019), y el criterio de verificación es tan directo como suena: «solicitar documento que contenga Plan Anual de Trabajo». Lo que cambia con el tamaño no es la obligación, sino la extensión del plan y el número de estándares con los que debe conversar.
¿Cuántos puntos vale el plan anual en la autoevaluación?
Dos por ciento. En la Tabla de Valores del artículo 27 de la Resolución 0312 de 2019 el ítem 2.4.1 —«Plan que identifica objetivos, metas, responsabilidad, recursos con cronograma y firmado»— vale dos puntos, y la evaluación inicial del SG-SST (ítem 2.3.1) vale uno. Visto así parece poco. Pero el plan anual es la evidencia contra la que se contrastan otros ítems: el artículo 27 pide constatar que las medidas de prevención y control «se encuentran programadas en el plan anual de trabajo», de modo que un plan pobre arrastra la calificación de estándares que sí valen mucho más.
¿Sirve descargar un formato de plan anual?
Sirve para ver la estructura; no sirve como plan. Los primeros resultados de búsqueda para «plan anual de trabajo SST» son PDF y hojas de cálculo publicados por entidades públicas en sus portales de transparencia: son planes reales, pero de otra organización, con los peligros, las prioridades y el presupuesto de otra organización. El plan anual es el resultado de su evaluación inicial; si sus actividades no corresponden a los riesgos que su matriz priorizó, la incoherencia aparece en la primera pregunta de una visita o de una auditoría interna.
¿Hay que actualizar el plan durante el año?
Sí, cuando cambian las condiciones. El artículo 2.2.4.6.26 del Decreto 1072, sobre gestión del cambio, obliga a evaluar el impacto de los cambios internos —nuevos procesos, instalaciones, equipos, personal— y externos —normativos, entre otros—, a identificar peligros y adoptar controles antes de implementarlos y, con las mismas palabras, a «actualizar el plan de trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo». Un plan idéntico en diciembre al que se firmó en enero, en una empresa que abrió sede o cambió maquinaria, es un indicio de que la gestión del cambio no operó.
¿Qué pasa si no se cumple lo programado en el plan?
Se activan dos consecuencias distintas. Dentro del sistema, el incumplimiento debe medirse: el numeral 4 del artículo 2.2.4.6.22 pide un indicador de resultado sobre las no conformidades detectadas en el seguimiento al plan de trabajo anual, y el criterio de verificación de la Resolución 0312 dice que, si se presentaron incumplimientos al plan, se soliciten los planes de mejora respectivos. Hacia afuera, el incumplimiento del capítulo 6 del Decreto 1072 se sanciona en los términos del artículo 91 del Decreto Ley 1295 de 1994, modificado por el artículo 13 de la Ley 1562 de 2012, y las ARL ejercen vigilancia delegada e informan a las direcciones territoriales del Ministerio del Trabajo los casos de incumplimiento.