¿Qué es el SG-SST?
Es el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. El Decreto 1072 de 2015 lo define como «el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y la salud en el trabajo» (artículo 2.2.4.6.4). En términos prácticos: un método documentado para saber qué puede lastimar a su gente, qué se está haciendo al respecto y con qué evidencia se demuestra.
¿Qué empresas están obligadas a implementar el SG-SST?
Todas las que tengan personas trabajando, sin umbral de tamaño. El artículo 2.2.4.6.1 del Decreto 1072 de 2015 obliga a «todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, las empresas de servicios temporales», con cobertura sobre trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y trabajadores en misión. La Resolución 0312 de 2019 amplía esa lista con las agremiaciones que afilian independientes, los estudiantes afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales y el personal no uniformado de la Policía Nacional y civil de las Fuerzas Militares; su única exclusión expresa, en el parágrafo 2 del artículo 2, son los trabajadores independientes con afiliación voluntaria al sistema. Lo que cambia con el tamaño y el nivel de riesgo no es la obligación: es el número de estándares mínimos exigibles.
¿Qué contiene un SG-SST?
Un ciclo y la evidencia documental que lo sostiene. El ciclo va de la política y las responsabilidades asignadas a la evaluación inicial, la identificación de peligros, el plan de trabajo anual, las medidas de prevención y control, la capacitación y el plan de emergencias, los indicadores, la auditoría anual, la revisión por la alta dirección y las acciones correctivas. La documentación mínima está en el artículo 2.2.4.6.12 del Decreto 1072 de 2015, que enumera dieciséis documentos: entre ellos la política y los objetivos firmados por el empleador, la identificación anual de peligros, el informe de condiciones de salud con perfil sociodemográfico, el plan de trabajo anual, el programa de capacitación con soportes de inducción y reinducción, los registros de entrega de EPP, los soportes del COPASST, los reportes e investigaciones de accidentes, el plan de emergencias, los programas de vigilancia epidemiológica, los registros de inspecciones, la matriz legal actualizada y las evidencias del control de los riesgos prioritarios.
¿Qué significan las siglas SG-SST?
SG-SST significa Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. Las dos primeras letras son «sistema de gestión» y las tres siguientes, «seguridad y salud en el trabajo». El nombre no siempre fue ese: hasta 2012 se llamaba Programa de Salud Ocupacional, y el artículo 1 de la Ley 1562 de 2012 lo cambió con una frase literal —«Programa de Salud Ocupacional: en lo sucesivo se entenderá como el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST»—. Por eso un documento que en 2026 todavía hable de «programa de salud ocupacional» no está usando un sinónimo antiguo: está mostrando que no se ha revisado desde hace más de una década.
¿Se escribe SGSST o SG-SST? ¿Y en qué se diferencia del SGSSS?
«SGSST» y «SG-SST» son la misma cosa: el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. El Decreto 1072 de 2015 usa la forma con guion —SG-SST—, y esa es la que conviene emplear en documentos y procedimientos; la versión sin guion circula en buscadores y en el habla diaria, y no es un error de fondo. Distinto es el SGSSS, con tres eses: ese es el Sistema General de Seguridad Social en Salud, el del aseguramiento en salud con sus EPS e IPS, que se organiza alrededor de la Ley 100 de 1993. Se confunden con frecuencia porque comparten iniciales y porque ambos tocan la salud del trabajador, pero son sistemas distintos, con normas y responsables distintos. El SG-SST es una obligación del empleador dentro del Sistema General de Riesgos Laborales; el SGSSS es el sistema de salud al que la persona está afiliada. Cuando alguien pregunta por «los cuatro componentes del SGSSS» está preguntando por el sistema de salud, no por el suyo de seguridad y salud en el trabajo.
¿Cuáles son las capacitaciones obligatorias en SST?
Se ordenan en cuatro capas. La transversal: la inducción previa al inicio de labores para todo trabajador que ingresa por primera vez, cualquiera sea su forma de contratación (parágrafo 2 del artículo 2.2.4.6.11 del Decreto 1072), y el programa de capacitación anual documentado, impartido por personal idóneo, extensivo a contratistas, cooperados y trabajadores en misión, y revisado mínimo una vez al año con el COPASST o vigía y la alta dirección. La de rol: el curso virtual de cincuenta horas del Ministerio del Trabajo para los responsables de la ejecución del sistema (artículo 2.2.4.6.35) y la capacitación del COPASST o vigía, que el artículo 2.2.4.6.9 pone a cargo de la ARL. La de riesgo: la capacitación en el uso adecuado de los elementos de protección personal entregados —criterio calificable de la Resolución 0312 de 2019— y la brigada de emergencias conformada, capacitada, entrenada y dotada (artículo 2.2.4.6.25). Y la que impone cada norma específica: en trabajo en alturas, por ejemplo, la Resolución 4272 de 2021 exige reentrenamiento de mínimo ocho horas, 20 % teoría y 80 % práctica, para el trabajador autorizado que lleve dieciocho meses sin cambiar de empresa ni de actividad, siempre a costo del empleador. Toda esta formación se dicta dentro de la jornada laboral de los trabajadores directos, o durante la prestación del servicio en el caso de los contratistas (artículo 2.2.4.6.8).
¿Quién puede diseñar el SG-SST de una empresa?
Personal con licencia vigente en Seguridad y Salud en el Trabajo. La Resolución 0312 de 2019 lo dice sin ambigüedad en su artículo 4: para empresas de diez o menos trabajadores en riesgo I, II o III el diseño puede hacerlo un técnico en SST con licencia vigente, un año de experiencia certificada y el curso virtual de cincuenta horas; también tecnólogos, profesionales y profesionales con posgrado en SST que tengan licencia vigente y el mismo curso. Y añade el límite que casi nadie menciona: quien solo tiene el curso de cincuenta horas «está facultado para administrar y ejecutar» el sistema, pero «no puede diseñar dicho sistema». Un SG-SST diseñado por alguien sin licencia es un hallazgo esperando la visita.
¿Cuándo se hace la autoevaluación de estándares mínimos?
En diciembre de cada año. Desde 2020 el ciclo corre de enero a diciembre y, según el artículo 26 de la Resolución 0312 de 2019, en diciembre la empresa debe aplicar la autoevaluación con la Tabla de Valores, elaborar el Plan de Mejora resultante —que queda aprobado dentro del Plan Anual— y formular el Plan Anual del año siguiente, que empieza a ejecutarse el 1° de enero. El formulario diligenciado y los planes de mejora se registran en la aplicación habilitada en la página web del Ministerio del Trabajo.
¿Qué pasa si la empresa no cumple?
El artículo 2.2.4.6.36 del Decreto 1072 remite al artículo 91 del Decreto Ley 1295 de 1994, modificado por el artículo 13 de la Ley 1562 de 2012, y el Decreto 472 de 2015 fija la tabla de graduación por tamaño de empresa: una microempresa arriesga de 1 a 5 SMMLV por incumplimiento de normas de SST y una gran empresa de 101 a 500. Cuando el accidente ocasiona la muerte del trabajador y se demuestra incumplimiento, el rango va de 20 a 24 SMMLV en microempresa y de 401 a 1.000 en gran empresa. Además, un inspector de trabajo puede ordenar la clausura del lugar de trabajo de tres a diez días hábiles, y hasta el cierre definitivo en caso de reincidencia.
¿El SG-SST se puede montar solo con formatos descargados?
Se puede armar una carpeta, no un sistema. La norma no pide documentos: pide evidencia de que algo se hizo. El artículo 2.2.4.6.15 exige que la identificación de peligros esté documentada y actualizada «como mínimo de manera anual», y que se actualice además cada vez que ocurra un accidente mortal, un evento catastrófico o un cambio en procesos, instalaciones, maquinaria o equipos. Una matriz descargada, con los riesgos de otra empresa y sin fecha, falla en el primer criterio de verificación.