¿Qué versión de la GTC 45 está vigente?
La vigencia de una Guía Técnica Colombiana la declara ICONTEC, que es su editor, y se consulta en su catálogo: ahí consta si un documento está vigente, anulado o reemplazado. No es un dato que deba tomarse de un blog ni de una copia descargada, porque una guía puede haber sido actualizada sin que las copias que circulan lo reflejen. Si su empresa adopta la GTC 45 como metodología, verificar la versión en la fuente es parte del propio sistema de gestión: el Decreto 1072 exige mantener actualizada la matriz legal y la documentación del SG-SST.
¿Si sale una versión nueva de la guía, mi matriz queda desactualizada?
No automáticamente, y aquí está la confusión que da nombre a esta página. La fecha de la guía y la fecha de su matriz son dos cosas distintas. Lo que obliga a actualizar la matriz no es la edición de un documento técnico, sino el parágrafo 1 del artículo 2.2.4.6.15 del Decreto 1072 de 2015: como mínimo una vez al año, y además cada vez que ocurra un accidente de trabajo mortal o un evento catastrófico, o cuando cambien los procesos, las instalaciones, la maquinaria o los equipos.
¿Qué debe cambiar realmente en una actualización anual?
Lo que cambió en la operación. Procesos nuevos o modificados, maquinaria y equipos que entraron o salieron, centros de trabajo abiertos o cerrados, contratistas incorporados, y los peligros que aparecieron con todo eso. También los controles: los que se implementaron desde la última versión bajan el nivel de riesgo y eso debe reflejarse. Una actualización que solo cambia la fecha del encabezado no es una actualización: es la misma matriz con otra portada, y en una auditoría se nota al comparar dos versiones consecutivas.
¿Hay que actualizar la matriz después de cada accidente?
Después de un accidente de trabajo mortal o de un evento catastrófico, sí, y así lo dice expresamente el parágrafo 1. Para los demás accidentes la obligación directa es investigarlos, y esa investigación casi siempre devuelve información que la matriz no tenía: un peligro no identificado, un control que no funcionaba o una actividad no rutinaria que nadie había registrado. Incorporarlo es lo razonable, aunque la norma no lo liste como causal automática.
¿Cómo se demuestra que la matriz está actualizada?
Con control de versiones. Cada versión con su fecha, quién participó, qué cambió respecto de la anterior y la constancia de que los resultados se informaron al COPASST o al vigía, como exige el parágrafo 3 del mismo artículo. Ese historial es lo que convierte una afirmación —«sí la actualizamos»— en evidencia. Sin él, el auditor solo puede verificar la fecha impresa, que cualquiera puede cambiar.
¿La metodología puede cambiarse de un año a otro?
Puede, y a veces conviene. El parágrafo 2 del artículo 2.2.4.6.15 prevé algo más exigente: según la naturaleza de los peligros y la actividad económica, el empleador «utilizará metodologías adicionales» para complementar la evaluación ante peligros físicos, ergonómicos o biomecánicos, biológicos, químicos, de seguridad, público y psicosociales. Es decir, la norma no solo admite otras metodologías: en ciertos peligros las exige además de la general. El riesgo psicosocial es el caso más claro.